La Municipalidad del Rímac modificó los artículos 40 y 81 de la Ordenanza Nº 276-MDR, del Reglamento Taurino que se refieren a la conformación del Jurado de la Feria Taurina del Señor de los Milagros y al Consejo Taurino del Rímac.
El cambio fue publicado el último viernes 10 de octubre en las Normas Legales del diario El Peruano, con la firma del reelecto alcalde del Rímac, Enrique Peramás. Los artículos referidos son:
"ARTÍCULO 40. En la temporada taurina del Señor de los Milagros, se otorgará al mejor matador un único trofeo oficial denominado "El Escapulario de Oro del Señor de los Milagros" y a los ganaderos por el mejor toro, un único trofeo oficial denominado "El Escapulario de Plata del Señor de los Milagros".
Dicho premio será otorgado por el Jurado de la Feria Taurina del Señor de los Milagros el mismo que estará integrado por el Alcalde de la Municipalidad Distrital del Rímac, quien lo presidirá; dos (2) regidores elegidos por el Concejo Municipal, dos (2) abonados de sombra, dos (2) abonados de sol, un (1) representante de las Peñas Taurinas, tres (3) connotados aficionados a la Feria Taurina Señor de los Milagros, designados por el Alcalde antes del inicio de la Feria Taurina.
La elección de los abonados será por sorteo ante Notario Público, entre aquellos que se inscriban oportunamente en el registro que se establecerá para el efecto en la página web de la Municipalidad Distrital del Rímac, hasta diez (10) días antes del inicio de la primera de abono de la Feria Taurina del Señor de los Milagros.
Se sorteará también los correspondientes suplentes. La entrega de los premios será realizada por el Alcalde de la Municipalidad Distrital del Rímac, en su calidad de presidente del Consejo Taurino y del Jurado de la Feria Taurina Señor de los Milagros."
"ARTÍCULO 81. El Alcalde constituirá cada año, un Consejo Taurino el mismo que estará constituido por el Alcalde de la Municipalidad Distrital del Rímac quien lo presidirá; dos (2) regidores elegidos por el Concejo Municipal y cuatro (4) asesores designados por el Alcalde.
El Consejo Taurino tendrá las siguientes atribuciones y funciones: a) Nombrar a los veterinarios. b) Evaluar la labor de los directores de cambio de suertes y de los veterinarios durante la realización de la feria. c) Estar presente en el pesaje del ganado, prueba de caballos y toda actividad conexa al buen desarrollo del espectáculo. d) Archivar las actas de los espectáculos taurinos."
Desde 2011, el artículo 40 del reglamento taurino establecía que el Jurado de la feria estaría integrado por el alcalde del Rímac, quien lo presidie; tres (3) regidores elegidos por el Concejo Municipal, tres (3) abonados de sombra, tres (3) abonados de sol, un (1) representante de las Peñas Taurinas y un (1) representante de las asociaciones que agrupan a los criadores de ganado bravo en el Perú.
El artículo 81 modificado establecía que el Concejo Taurino estaría constituido por el alcalde del Rímac, quien lo presidirá; cuatro (4) regidores elegidos por el Concejo Municipal y dos (2) asesores designado por el Alcalde.
Fuente: Vadimir Terán A.
No hay comentarios:
Publicar un comentario